"El decreto de Macri sobre la deuda dispone de lo que
es del pueblo". El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat que
presentó la denuncia penal contra el Presidente confirmó que el gobierno puso a
Vaca Muerta "con nombre y apellido" como "resguardo del pago de
los servicios e intereses de la deuda nueva que se está contrayendo".
Eduardo Barcesat explicó que en la denuncia penal que presentaron, se
"reprocha estafa de administración fraudulenta", "violación de
deberes de funcionario público" y "traición a la patria" contra
el Presidente y quienes pusieron "el conjunto de recursos y riquezas
naturales" como "resguardo del pago de los servicios e intereses de
la deuda nueva" que está contrayendo el gobierno; incluida Vaca Muerta.
El abogado constitucionalista aclaró que "las
provincias y los municipios", que poseen "la titularidad originaria
de los recursos y riquezas naturales existentes en sus territorios" no
fueron consultados "para nada y no han dado ningún consentimiento para este
decreto".
-Otro tema bastante inquietante que también se plantea hoy:
la posibilidad de que se pague el endeudamiento externo con riquezas naturales
o territoriales.
-Hay una acción judicial y un proyecto de ley también al
respecto. La acción judicial la iniciamos como Instituto Arturo Enrique Sampay
y eso después de haber analizado no solamente el texto breve de los dos
decretos de endeudamiento de este año 29/2017 y 213/2017, por los que el
presidente autorizó a endeudarse al Ministerio de Finanzas en 20.000 millones
de dólares más por el primero y en 3.000 millones de francos suizos por el
segundo. Decretos que anticipan o abren las puertas a futuros y nuevos
endeudamientos, es bueno aclararlo. Esos dos textos están seguidos de
resoluciones y anexos, que en total alcanza las 400 fojas, y han tenido nula
publicidad. Los decretos son del Presidente y las resoluciones ministeriales y
siguen estrictamente los lineamientos de un memorándum del Fondo Monetario
Internacional de noviembre de 2016, donde se dice cómo debe procederse para el
ajuste (subir la edad jubilatoria y otras medidas) y cuáles son los requisitos
para el nuevo endeudamiento. Entre estos requisitos está la parte más
tenebrosa, porque los bienes privados del Estado nacional, provincial o municipal,
entre los cuales están los recursos naturales y las riquezas del país, están
exentas de la inmunidad soberana del Estado, es decir, que pueden ser
ejecutadas. Eso, además de entregar la jurisdicción, que significa entregar la
ley aplicable, porque los tribunales extranjeros aplican la ley propia, no
otra. Aquí hay otro desvío profundo, porque en el 2014, cuando la Corte podía
considerarse todavía un tribunal de prestigio, emitió sentencia en un caso en
que un fondo buitre intentaba ejecutar a su favor el fallo que le proporcionó
Griesa. Se trata del precedente Claren Corporation Limited contra el gobierno
argentino. Siguiendo un dictamen brillante de la procuradora general de la
Nación, doctora Alejandra Gils Carbó, se declaró que ese fallo de Griesa era
nulo y lesivo del orden público constitucional argentino. Y la Corte reprodujo
ese pronunciamiento. Es una sentencia bastante cercana, porque es de 2014. Y no
hubo ninguna otra posterior. Y, sin embargo, fue tirada por la borda y se
negoció y se pagó de la peor forma, contra el precedente de la Corte. El
gobierno recién surgido de las urnas que se jactaba de respetar a los jueces y
la independencia y el prestigio de la justicia, tiró por la borda el fallo más
importante que en materia económica se dictó por esta Corte Suprema de Justicia
de la Nación.
-¿Pero los dos decretos presidenciales hacen otras
concesiones, tengo entendido?
-No solo se renuncia a la soberanía legislativa y
jurisdiccional, sino que además se renuncia a oponer defensa, a intentar
moratorias y reestructuraciones de la deuda, es decir, que la Argentina queda
atada de pies y manos con el respaldo de sus recursos y riquezas naturales y de
sus empresas estatales. Y acá hay dos lesiones a la ley suprema de la Nación
que hay que destacar: primero, los pactos internacionales de las Naciones
Unidas, tanto el de los derechos civiles y políticos como el de derechos
económicos, sociales y culturales, que comienzan con la misma cláusula,
declaran de titularidad de los pueblos el conjunto de sus recursos y riquezas
naturales, no de los gobiernos, de los Estados, sino de los pueblos. Nuestra
Constitución en el artículo 124 establece, bien o mal, la titularidad
originaria de las provincias sobre los recursos en sus territorios. Ahora, en
ningún lado, el Estado nacional está facultado para obrar por sí para disponer
sobre esos recursos y riquezas naturales. Ni el pueblo ha sido consultado ni
las provincias ni los municipios han sido oídos previamente a estos decretos.
Es un dislate por donde se lo tome. Pero esto es lo que llevó en este año y
medio de gestión del nuevo gobierno a contraer una deuda formidable en el
sector público (cerca de 90.000 millones de dólares), que será muy difícil de
pagar. Y que se anuncia seguirá creciendo. La denuncia a la que aludí está
radicada en el juzgado de la doctora María Romilda Servini de Cubría. Veremos
qué pasa. Ahora, legisladores, en particular el doctor Darío Martínez, que
representa a la provincia de Neuquén, que es donde está Vaca Muerta, la joya
más preciada entre las que buscan los acreedores, ha presentado un proyecto de
ley donde se declara la nulidad de los dos decretos y además se establece que
las regalías no pueden ser ofrecidas en garantía de pago de deuda externa,
nacional o provincial. Veremos qué respuesta produce esto, pero quiero decir
que es un tema de enorme importancia.
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